Reforma al artículo 75: así busca frenar penas desproporcionadas por lavado de dinero

Una de las piezas clave del dictamen antilavado es la reforma al artículo 75, explica el diputado Elmer Palencia, integrante de la Comisión de Economía del Congreso de la República. El entrevistado la describe como “un artículo bien importante” para ordenar las sanciones vinculadas al lavado de dinero.
Actualmente, recuerda, quien es condenado por ese delito enfrenta tres sanciones: prisión de 6 a 20 años, incautación de bienes y “una multa por el total de lo lavado”. “Le incautan todos los bienes y además una multa por el total de lo lavado”, enfatiza Palencia.
El diputado asegura que ese diseño ha dejado a muchas personas atrapadas en prisión. Señala que hay condenados que ya cumplieron su pena de cárcel, pero “no pueden salir” porque no logran pagar la multa.
La reforma mantiene las tres sanciones, pero ajusta la multa. “Ahora en adelante la multa es por el beneficio económico obtenido”, explica el entrevistado.
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Palencia describe casos de personas utilizadas para “prestar su nombre” o su cuenta bancaria. “Su beneficio económico es ese porcentaje y no todo lo lavado”, subraya, al justificar el cambio.
El texto también ordena la conversión de la multa en días de prisión. Se utilizará la regla del Código Penal, “a razón de 5 o 100 quetzales de multa por día”, con un tope de un cuarto de la pena original.
El parlamentario resume el objetivo de los cambios. Asegura que son “modificaciones importantes para que esta reforma vaya con el objeto de directamente atacar a las estructuras criminales” y aliviar situaciones desproporcionadas.